TSJA reconoce el derecho del SAF para obtener datos del personal externo tras el allanamiento de la Junta. Europa Press. 22 de Mayo.


TSJA reconoce el derecho del SAF para obtener datos del personal externo tras el allanamiento de la Junta

SEVILLA, 22 May. (EUROPA PRESS) –

   El Tribunal Superior de Justicia de la Junta (TSJA) ha reconocido el derecho del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) a obtener datos del personal externo solicitados, tras el allanamiento presentado por la Junta de Andalucía.

   Según señala este sindicado en una nota, la letrada de la Junta ha presentado un escrito sobre la formulación de allanamiento de la Junta frente a la pretensión anulatoria ejercida en el recurso contencioso administrativo respecto de la Resolución de la Secretaria General Técnica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 22 de diciembre de 2010, por la que se desestima el requerimiento de información del Sindicato de copia de los contratos que amparan la presencia de personal externo, especificando qué tipo de funciones están desempeñando cada uno de ellos y si disponen de clave privada de acceso a los sistemas informáticos, y relación de plazas vacantes y desdotadas.

Es la cuarta sentencia que deriva del allanamiento de la Administración y la quinta firme que da la razón a SAF cuando pide toda la información referente al personal externo, según apunta el SAF.

Así, ha recordado que la primera sentencia firme, fechada el 21 de diciembre de 2012 y con imposición de costas a la Junta, llegó también de la mano de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla y confirmó, de manera «absolutamente histórica», el derecho a la obtención de información por los sindicatos, como propio del derecho a la libertad sindical.

Este derecho, confirma el Alto Tribunal andaluz, ha sido reconocido por el Tribunal Constitucional señalando que «este Tribunal ha declarado reiteradamente, en virtud de una interpretación sistemática de los arts. 7 y 28 CE efectuada según el canon hermenéutico del arto 10.2 CE, (…) se integra también la vertiente funcional del derecho, es decir, el derecho de los sindicatos a ejercer aquellas actividades dirigidas a la defensa, protección y promoción de los intereses de los trabajadores, en suma, a desplegar los medios de acción pluralismo sindical y, en definitiva, constituye un elemento esencial del derecho fundamental a la libertad sindical».

El Sindicato Andaluz de Funcionarios está pidiendo por escrito a la Administración que acate las sentencias y facilite todos los datos referentes al personal externo. Ante la falta de respuesta, los servicios jurídicos de SAF estudian la posibilidad de continuar ejerciendo actuaciones legales, incluida la vía penal, hasta que la Junta acate sin dilaciones los fallos.

El sindicato ha recordado que «lleva años» exigiendo toda la información referente a «uno de los despilfarros más polémicos y descarados de los últimos tiempos», culminados en la Ley 1/2011 de reordenación el sector público andaluz.

Por último, el SAF ha advertido de que «aún queda mucho por hacer, una vez la Junta de Andalucía ponga sobre la mesa toda la información sobre los miles de externos, deberá explicar no sólo los contratos y sueldos, sino el tipo de funciones que realizan, siempre alejadas de las potestades públicas que únicamente deben ser ejercidas por personal funcionario, tal y como establece la Ley».

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3 respuestas a TSJA reconoce el derecho del SAF para obtener datos del personal externo tras el allanamiento de la Junta. Europa Press. 22 de Mayo.

  1. AVE MARIA, gratia plena, Dominus tecum. Benedicta tu in mulieribus, et benedictus fructus ventris tui, Iesus. Sancta Maria, Mater Dei, ora pro nobis peccatoribus, nunc, et in hora mortis nostrae. Amen. 🙂

  2. cupascas dijo:

    Cuando el SAF obtenga este listado, sería muy interesante ver los perfiles personales de sus componentes y cruzar los datos con los que contiene la publicación «La tela de araña andaluza», a la que podría proporcionar material para poder publicar una edición corregida y aumentada. Sería enriquecedor y liberador, ya que solo la verdad nos hará libre.

  3. Vlasov dijo:

    En la Junta existe la rancia tradición de ignorar la aplicación de las sentencias desfavorables. Son muchos años y no van a cambiar ahora. Ven como algo natural no echarle cuenta al mismísimo TSJA. Ni se alteran, pues forma parte de su particular derecho cortijero de pernada. Para ellos, atender esas sentencias por más que sean en firme es cosa de pringaos. Solo cuando le llega la citación individual, con nombre concreto y entramos en causas penales, tras cierto cara de asombro, porque aún se sorprenden de que su desacato les puede complicar la vida, comienzan a moverse (solo un poquito) esperando que una cacicada de última hora les libre del mal trago.

    Por ello animo al SAF a iniciar las acciones penales y no contemporizar demasiado. Es perder el tiempo nosotros y dárselos a ellos esperar que cumplan ninguna sentencia desfavorable, cuando han tenido tiempo para hacerlo.

    Que ya nos conocemos…

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